Todo lo que hay que saber del trámite de la Ley de Presupuesto 2023

30 Sep, 2022

Énfasis en crecimiento, seguridad y protección
Todo lo que hay que saber del trámite de la Ley de Presupuesto 2023

Con un aumento del 4,2% en comparación al actual erario, ingresó al
Congreso el proyecto de ley de Presupuesto 2023. A partir de ahora se
cuenta un plazo de 60 días para que sea analizado y despachado por ambas
Cámaras. Los senadores y senadoras se reunirán en las distintas
Subcomisiones a fin de estudiar los distintos énfasis y programas así como
dar respuesta a las principales demandas de sus regiones y ciudadanos.

Seguridad pública, reactivación económica y protección social son algunos
de los énfasis del proyecto de ley de presupuesto 2023, que ingresó a
Congreso luego que el presidente de la República, Gabriel Boric, entregara
los principales lineamientos.

La iniciativa crece un 4,2% en comparación al actual erario y estará
enfocado en los siguientes ámbitos:

Impulsar la inversión pública, derecho a la vivienda de calidad y la casa
propia. El gasto total en inversión pública crecerá un 5,5% respecto de
2022.

Combatir la delincuencia, el crimen organizado y el narcotráfico con fuerza
y decisión. En esa línea se apunta a incorporar más policías, la
recuperación del espacio público y combate al narcotráfico y al crimen
organizado. El presupuesto asociado a Orden Público y Seguridad aumenta en
4,4% respecto de 2022.

Mejorar las pensiones de las personas mayores a través de la ampliación de
la Pensión Garantizada Universal (PGU). El gasto total en seguridad social
aumentará 8% respecto de la Ley de Presupuesto 2022.

El ingreso del texto legal coincide con la exposición del Estado de la
Hacienda Pública por parte del ministro de Hacienda, Mario Marcel, ante la
Comisión Especial Mixta de Presupuestos, compuesta por 13 diputadas y
diputados y 13 senadores y senadoras, este lunes 3 de octubre, entre las
11:30 y 13:30 horas, en el ex Congreso Nacional. Esta es una tradición
republicana que tiene su origen en el siglo XIX y que dio forma al orden de
las finanzas públicas. (Vea nota relacionada)

Luego, corresponde el turno a la presentación del estado de las Finanzas
Públicas que dará a conocer la Directora de la Dipres, Javiera Martínez,
miércoles 5 de octubre. De 12 a 14 horas.

La iniciativa tiene como plazo 60 días para ser despachada del Congreso,
contados desde la fecha del ingreso del texto legal a la Cámara Baja. Es
decir, este año corresponde el 29 de noviembre, por lo tanto, los distintos
senadores y senadoras ya han anticipado que pondrán especial atención a los
recursos destinados a la reactivación, los gobiernos regionales, para la
promoción del empleo y respecto a los equilibrios fiscales, entre otras
materias.

Dentro de los temas más contingentes del debate se cuentan:

– Los supuestos macroeconómicos que utilice Hacienda para construir
los parámetros en las proyecciones de crecimiento y gasto fiscal. Especial
relevancia alcanzan los fondos destinados a pensiones, salud, educación,
gobiernos regionales, así como los planes de asistencia y apoyo técnico
para implementar los distintos programas.

– El aumento del gasto público real, considerando los diversos
énfasis y programas. En ese punto, diversos análisis como los del Banco
Central en su último IPOM y del Consejo Fiscal Autónomo aportan visiones
respecto a la necesidad de cuidar los escenarios de convergencia fiscal.
(Vea nota relacionada)

– Los planes de reactivación y de recuperación del empleo para 2023.

¿QUÉ SUCEDERÁ DURANTE OCTUBRE y NOVIEMBRE?

Entre el 5 de octubre y el 4 de noviembre, las 5 Subcomisiones Especiales
Mixtas de Presupuestos estudiarán cada una de las partidas presupuestarias
que corresponden a los respectivos ministerios, además de Presidencia,
Congreso, Poder Judicial, Ministerio Público, Contraloría y Tesoro Público.

Cabe recordar que estas cinco Subcomisiones Mixtas también están
funcionando, en forma permanente, durante el año para hacer un seguimiento
de la ejecución presupuestaria de cada repartición.

¿CÓMO SIGUE EL TRÁMITE PRESUPUESTARIO?

A las 10:00 horas del 7 de noviembre vence el plazo para que las
Subcomisiones hagan entrega de los respectivos informes a la Comisión Mixta
de Presupuestos. Expirado dicho plazo la Comisión Mixta podrá pronunciarse
sobre las respectivas partidas aún sin informe de la Subcomisión.

Ese mismo día, hasta las 16 horas, se cuenta el plazo para presentación de
indicaciones y solicitudes de votación separada en la Comisión Especial
Mixta de Presupuestos.

Entre el 8 y el 10 de noviembre se realizará el trabajo Comisión Mixta de
Presupuestos y elaboración posterior del informe respectivo para el trabajo
en Sala.

Posteriormente, entre el 14 y el 16 de noviembre los informes irán a la
Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados y, entre el 22 y 24 de noviembre
en la Sala del Senado.

Finalmente, entre el 28 y 29 de noviembre está previsto el tercer trámite y
una eventual comisión mixta para el despacho del proyecto.

¿EL CONGRESO PUEDE AUMENTAR O DISMINUIR LOS MONTOS EXPRESADOS EN LA LEY DE
PRESUPUESTOS?

De acuerdo a la Constitución “el Congreso Nacional no podrá aumentar ni
disminuir la estimación de los ingresos; sólo podrá reducir los gastos
contenidos en el proyecto de Ley de Presupuestos, salvo los que estén
establecidos por ley permanente”.

“La estimación del rendimiento de los recursos que consulta la Ley de
Presupuestos y de los nuevos que establezca cualquiera otra iniciativa de
ley, corresponderá exclusivamente al Presidente, previo informe de los
organismos técnicos respectivos”.

Es decir, en todo lo relativo a gastos, la facultad e iniciativa la tiene
el Ejecutivo y el Congreso no puede aprobar ningún nuevo gasto con cargo a
los fondos de la Nación sin que se indiquen, al mismo tiempo, las fuentes
de recursos necesarios para atender dicho gasto.

Si la fuente de recursos otorgada por el Congreso fuera insuficiente para
financiar cualquier nuevo gasto que se apruebe, el Presidente de la
República, al promulgar la ley, previo informe favorable del servicio o
institución a través del cual se recaude el nuevo ingreso, refrendado por
la Contraloría General de la República, deberá reducir proporcionalmente
todos los gastos, cualquiera que sea su naturaleza.

¿QUÉ SUCEDERÍA SI EL CONGRESO NO APROBARA EL PROYECTO DENTRO DEL PLAZO
CONSTITUCIONAL DE 60 DÍAS?

En caso que el Congreso Nacional no despachara el proyecto de ley de
Presupuestos, dentro de los 60 días desde ingresado el texto legal, la
Constitución define que “el Presidente de la República deberá promulgar
como ley de presupuestos para el próximo año el proyecto original enviado
por el Ejecutivo al Congreso, que entraría en vigencia a partir del 1 de
enero siguiente”. Es decir, se excluirían todas las indicaciones y
modificaciones surgidas durante la tramitación del proyecto en el
Parlamento.