Infraestructura crítica: reactivan estudio de reforma constitucional

2 Ago, 2022

Comisión de Constitución
Infraestructura crítica: reactivan estudio de reforma constitucional

Se trata de una moción presentada por los senadores Carmen Gloria Aravena,
Ximena Rincón, Álvaro Elizalde, Kenneth Pugh y Jaime Quintana que busca
permitir la protección por parte de las Fuerzas Armadas en caso de peligro
grave o inminente.

Luego del traspié que experimentó *el veto al proyecto sobre
infraestructura crítica* que no alcanzó el quórum necesario para su
aprobación, por parte de la Sala de la Cámara de Diputadas y
Diputados, la Comisión
de Constitución del Senado
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reactivará
esta mañana la discusión sobre el tema.

En lo fundamental, la moción *incorpora el texto aprobado por ambas
Cámaras* con
a*spectos adicionales del veto sustitutivo* que presentó posteriormente el
gobierno y o*tros perfeccionamientos*, con el objeto de concitar la mayor
transversalidad en su aprobación y con ello una expedita tramitación.

PROPUESTA
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En primer término, el proyecto establece la *facultad del Presidente de la
República de disponer*, decreto supremo, suscrito por los Ministros del
Interior y Seguridad Pública, y de Defensa Nacional, *la protección de la
infraestructura crítica por parte de las Fuerzas Armadas cuando exista
peligro grave o inminente a su respecto.*

En segundo lugar, define *infraestructura crítica como el conjunto de
instalaciones, sistemas o servicios esenciales y de utilidad pública*, así
como aquellos cuya afectación cause un grave daño a la salud o al
abastecimiento de la población, a la actividad económica, al medioambiente
o a la seguridad del país.

Se entiende incorporada:

– la infraestructura indispensable para la generación, almacenamiento y
distribución de los servicios e insumos básicos como energía, agua o
telecomunicaciones

– la relativa a la conexión vial, aérea, terrestre, marítima, portuaria
o ferroviaria

– la correspondiente a servicios de utilidad pública, como los sistemas
de asistencia sanitaria o de salud.

En tercer lugar, dispone que *el Presidente designará a un Jefe de la
Defensa Nacional* para la protección de la infraestructura crítica al mando
de las FF.AA y de Orden y Seguridad

En cuarto término, precisa que *esta atribución no puede implicar la
suspensión, restricción o limitación de los derechos y garantías
constitucionales* o en tratados internacionales sobre derechos humanos
ratificados por Chile.

La duración de *la medida no podrá extenderse por más de 60 días, sin
perjuicio de que pueda prorrogarse por iguales períodos, con acuerdo del
Congreso Nacional*

REBAJA DE QUÓRUMS
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La Comisión también tiene en tabla analizar una moción que modifica la
Constitución para modificar los quórums necesarios para la aprobación,
modificación o derogación de algunas normas legales.

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